viernes, 7 de septiembre de 2012

Criterios para la elección de horarios en Secundaria


En primer lugar se fija el orden de los miembros del departamento didáctico presentes en el acto, la persona con mejor derecho elegirá primero turno, y luego un grupo del área, materia o módulo del curso que desee impartir preferentemente; a continuación lo hará la persona a quien corresponda elegir en segundo lugar y así sucesivamente hasta completar una primera ronda entre todo el profesorado del departamento con destino en el centro para el curso correspondiente y que esté presente en ese acto. Finalizada la primera ronda, se procederá a realizar otras sucesivas hasta que sus miembros completen el horario lectivo o se hayan asignado todas las asignaturas y cursos que correspondan al departamento.

En los ciclos formativos, dado que cada especialidad tiene competencia docente para impartir diversos módulos, se elegirán dos módulos en cada ronda, siempre que la suma horaria de ambos módulos, en cómputo anual, no sobrepase las 9 horas semanales. En caso contrario, sólo se podrá elegir un módulo profesional.

El procedimiento descrito puede sustituirse por cualquier otro que no contradiga lo dispuesto en las presentes instrucciones, que será aprobado por el Claustro de profesores y que se incluirá en la programación general anual del centro conjuntamente con los horarios y la copia certificada del acta que recoja el acuerdo adoptado.

De forma excepcional, y sólo por fundadas razones de carácter pedagógico, el director del centro podrá cambiar la asignación de cursos determinada por el departamento didáctico, oído el profesorado afectado por el citado cambio, comunicándolo con posterioridad al Claustro. Asimismo, en el supuesto de quedar horarios por asignar, la jefatura de estudios los adjudicará entre el profesorado que resulte destinado posteriormente al centro, una vez finalizado el plazo de incorporación establecido por la Dirección General de Personal, conforme a su mejor derecho.


ORDEN de 28 de julio de 2006, por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/udg/sgt/Ordenes/Ordensecundaria2006.pdf


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